Contraloría - Dictamen N° 58565 2015

Dictamen Contraloría: Medidas disciplinarias no se modifican tras toma de razón

Abstracto

Las medidas disciplinarias contra servidores públicos no pueden modificarse tras la toma de razón del acto administrativo, salvo reapertura del sumario por vicios de legalidad o hechos nuevos.

Resumen

  • El principio general jurisprudencialmente establecido es que las medidas disciplinarias impuestas a un servidor público no pueden ser modificadas una vez que el acto administrativo que las materializa ha sido tomado de razón.
  • Excepcionalmente, es posible modificar o revisar una medida disciplinaria si, previa reapertura del sumario administrativo, se acreditan vicios de legalidad al momento de dictarse la resolución o se constata la existencia de hechos nuevos, desconocidos y de magnitud suficiente para alterar lo resuelto.
  • La reapertura de un sumario administrativo para revisar una sanción disciplinaria exige la acreditación inequívoca de un vicio de legalidad en la decisión original o la concurrencia de hechos nuevos que modifiquen sustancialmente la situación fáctica que fundament...

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