Contraloría - Dictamen N° 58574 2015

Contraloría no interviene en beneficios de exonerados políticos según Ley 19.234.

Abstracto

La Contraloría no interviene en la concesión de beneficios bajo Ley 19.234, siendo facultad exclusiva del Presidente, aunque los requisitos deben cumplirse al momento de la exoneración y la concesión.

Resumen

  • El otorgamiento de los beneficios establecidos en la Ley N° 19.234 es una facultad privativa del Presidente de la República.
  • La calificación del carácter político de la exoneración y la resolución sobre los beneficios correspondientes es una facultad exclusiva del Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  • El Artículo 10 de la Ley N° 19.234 establece que, una vez formada la convicción sobre el carácter político de la exoneración, el Presidente resolverá privativamente sobre los beneficios que corresponda otorgar.
  • El Dictamen N° 32.535, de 2015, ha resuelto que, para la obtención de los beneficios de la Ley N° 19.234, las circunstancias que los hacen procedentes deben constatarse tanto a la fecha de la exoneración como al momento de su conc...

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