Contraloría - Dictamen N° 58891 2015

Reincorporación a la Administración: plazo de inhabilidad por destitución disciplinaria.

Abstracto

La Contraloría aclara que la inhabilidad para reincorporarse a la Administración del Estado tras una destitución disciplinaria expira transcurridos cinco años desde el cese de funciones, sin necesidad de decreto de rehabilitación.

Resumen

  • La consulta se refiere a la posibilidad de reincorporación a la Administración del Estado de un exfuncionario destituido por medida disciplinaria.
  • La reincorporación está sujeta a los requisitos de ingreso previstos en el artículo 12 de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo).
  • El artículo 12, letra e), de la Ley N° 18.834 establece que una condición para ingresar a la Administración es no haber cesado en un cargo público por medida disciplinaria.
  • Esta inhabilidad derivada de una destitución disciplinaria tiene una duración limitada: expira transcurridos cinco años desde la expiración de funciones.
  • Al cumplirse el plazo de cinco años desde el cese de funciones, el impedimento para reingresar a la Administración Pública finaliza.
  • La interpretación adoptada, basada en el dictam...

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