Contraloría - Dictamen N° 58891 2015
Reincorporación a la Administración: plazo de inhabilidad por destitución disciplinaria.
Abstracto
La Contraloría aclara que la inhabilidad para reincorporarse a la Administración del Estado tras una destitución disciplinaria expira transcurridos cinco años desde el cese de funciones, sin necesidad de decreto de rehabilitación.
Resumen
- La consulta se refiere a la posibilidad de reincorporación a la Administración del Estado de un exfuncionario destituido por medida disciplinaria.
- La reincorporación está sujeta a los requisitos de ingreso previstos en el artículo 12 de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo).
- El artículo 12, letra e), de la Ley N° 18.834 establece que una condición para ingresar a la Administración es no haber cesado en un cargo público por medida disciplinaria.
- Esta inhabilidad derivada de una destitución disciplinaria tiene una duración limitada: expira transcurridos cinco años desde la expiración de funciones.
- Al cumplirse el plazo de cinco años desde el cese de funciones, el impedimento para reingresar a la Administración Pública finaliza.
- La interpretación adoptada, basada en el dictam...
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