Contraloría - Dictamen N° 59079 2015

Acuerdo Aduanero y cláusula 'sin penalización': Vigencia e interpretación por Contraloría.

Abstracto

La Contraloría General se pronuncia sobre la vigencia del Acuerdo Aduanero de 1994 y aclara que la frase 'sin penalización' en el artículo 11 implica que el importador no será sancionado por ejercer su derecho de recurso contra el valor en aduana.

Resumen

  • El Decreto N° 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, promulgó el Acuerdo de Marrakech y sus Anexos, incluyendo el Anexo 1A que contiene el Acuerdo Aduanero. Dicho decreto fue publicado en el Diario Oficial el 17 de mayo de 1995. Al no existir actos jurídicos posteriores que alteren su eficacia, el Acuerdo Aduanero y sus anexos se encuentran plenamente vigentes y son de observancia obligatoria en Chile.
  • La interpretación del Acuerdo Aduanero, promulgado y publicado conforme al ordenamiento jurídico chileno, debe armonizarse con la normativa interna, aplicando criterios de dictámenes previos como el N° 26.154, de 2008.
  • La vigencia, alcance y contenido del artículo 11 del Acuerdo Aduanero no se ven afectados por no haber sido reproducido en el Decreto N° 1.134 de 2001 del...

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