Contraloría - Dictamen N° 59601 2015

Dictamen sobre plazos de concesión de radiodifusión sonora y ley aplicable

Abstracto

La Entidad de Control se abstiene de aprobar un decreto de concesión de radiodifusión sonora, pues los plazos para obras e inicio de transmisiones no concuerdan con el artículo 24 A de la Ley 18.168 y las bases técnicas del concurso.

Resumen

  • Dictamen que analiza la legalidad de los plazos establecidos en el decreto N° 113, de 2015, que otorgó una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para Puerto Chacabuco.
  • El decreto N° 113, de 2015, fijó plazos de 40 días para el término de obras y 60 días para el inicio de transmisiones.
  • El artículo 24 A de la Ley N° 18.168 exige que el concesionario no pueda iniciar servicios sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL).
  • La Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) dispone de un plazo de 30 días, desde la presentación de la solicitud, para autorizar las obras e instalaciones del concesionario.
  • El artículo 6, párrafo cuarto, de las Bases Técnicas del concurso establece la obligación de...

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