Contraloría - Dictamen N° 63192 2015

Competencia de la Superintendencia de Pensiones en pensiones de montepío

Abstracto

La Contraloría General determina que la Superintendencia de Pensiones es el organismo competente para resolver sobre pensiones de montepío de eximponentes de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, según Ley N° 20.255.

Resumen

  • La materia consultada se refiere a la procedencia de otorgar una pensión de montepío a la viuda de un eximponente de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares.
  • La señora Lilian Villagra Flores solicitó un pronunciamiento de la Contraloría General para determinar su derecho a percibir una pensión de viudez, basándose en la declaración de muerte presunta de su marido, don Rubén Torres Pastén, quien era eximponente de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares.
  • El organismo competente para conocer y resolver esta materia es la Superintendencia de Pensiones.
  • La competencia de la Superintendencia de Pensiones para resolver sobre esta materia está establecida en los artículos 47 y 48 de la Ley N° 20.255.
  • La Contraloría General de la República no interviene en el otorgami...

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