Contraloría - Dictamen N° 64287 2015
Cobro de patente comercial municipal por actividades primarias con elaboración.
Abstracto
La Contraloría analiza el cobro de patente comercial municipal por cultivo y elaboración de maíz y uva, concluyendo que procede para el maíz por existir proceso de elaboración y venta directa, pero no para la uva vendida a exportadora.
Resumen
- Sociedad Agrícola Quilín Limitada reclamó contra la Municipalidad de Peñalolén por cobro de patente comercial por cultivo y cosecha de uva y maíz, argumentando que son actividades primarias exentas.
- La Municipalidad de Peñalolén justificó el cobro de patente, indicando que las actividades desarrolladas por la empresa implican un proceso de elaboración y venta directa de los productos, conforme al Decreto Ley N° 3.063, de 1979.
- El Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, en su artículo 23, inciso segundo, grava las actividades primarias o extractivas si existe un proceso de elaboración y los productos se venden directamente por el productor.
- El inciso segundo del artículo 23 del DL 3.063/79 amplía la tributación municipal a actividades primarias en casos de explotaci...
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