Contraloría - Dictamen N° 64962 2015
Aclaración sobre restitución de estipendios por licencias médicas rechazadas
Abstracto
Se aclara que al rechazarse o disminuirse una licencia médica, el funcionario debe restituir la renta bruta indebidamente percibida. Se diferencia este caso de devoluciones de impuestos o cotizaciones, y se indica que la licencia médica no constituye renta.
Resumen
- El presente dictamen aclara el oficio N° 83.751/2013 de la División Jurídica, respecto al monto que un funcionario debe integrar ante el rechazo o disminución de una licencia médica.
- El artículo 63 del Decreto N° 3 de 1984, del Ministerio de Salud, establece la obligación de devolver los estipendios indebidamente recibidos por una licencia médica rechazada, exigiendo al empleador medidas para su reintegro inmediato.
- El Dictamen N° 41.301/2005 determinó que los pagos erróneos a funcionarios generan enriquecimiento ilícito, obligándolos a restituir las sumas percibidas indebidamente en la misma cantidad y calidad.
- Los organismos públicos deben hacer efectivos los créditos que les corresponden y adoptar las medidas necesarias para resarcir los perjuicios derivados de la percepción ind...
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