Contraloría - Dictamen N° 66098 2015

Derecho a bono de escolaridad para asistentes de educación municipal.

Abstracto

La Contraloría determina que los asistentes de la educación municipal tienen derecho a percibir el bono de escolaridad y su bonificación adicional si acreditan el cumplimiento de los requisitos legales previstos para su percepción durante el período laboral.

Resumen

  • La exasistente de la educación de la Municipalidad de Huechuraba, Cecilia Sanz Figueroa, solicitó un pronunciamiento sobre su derecho a percibir el bono de escolaridad y la bonificación adicional, dado que su contrato finalizó el 28 de febrero de 2015 mientras se encontraba con licencia médica.
  • El municipio de Huechuraba informó que el desempeño laboral de la recurrente se extendió entre el 1 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2015, periodo en el cual hizo uso de licencias médicas entre el 12 de enero y el 17 de marzo de 2014.
  • El artículo 13 de la Ley N° 20.717 otorgó, por una sola vez, un bono de escolaridad no imponible ni tributable a los trabajadores del sector público por cada hijo entre cuatro y veinticuatro años, a pagarse en dos cuotas iguales en marzo y junio de 2014.
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