Contraloría - Dictamen N° 69927 2015
Dictamen sobre duración del beneficio de sala cuna para funcionarias
Abstracto
La Contraloría General aclara que el beneficio de sala cuna para funcionarias públicas se otorga solo hasta que el menor cumpla dos años de edad, no hasta fin de año, rectificando prácticas previas.
Resumen
- El beneficio de sala cuna para funcionarias de la Administración del Estado se encuentra contemplado en el artículo 203 del Código del Trabajo.
- El artículo 203 del Código del Trabajo obliga a las entidades que ocupan veinte o más trabajadoras a tener salas anexas para alimentar y dejar a sus hijos menores de dos años mientras trabajan.
- La obligación de sala cuna se entiende cumplida si el empleador paga los gastos de dicho servicio directamente al establecimiento elegido por la trabajadora.
- Una resolución exenta previa de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) había fijado una política de otorgamiento del beneficio hasta el 31 de diciembre de la anualidad en que el menor cumplía dos años.
- La Contraloría General de la República ha determinado que ...
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