Contraloría - Dictamen N° 73988 2015
Contraloría General define competencia y plazos para Departamento de Cooperativas
Abstracto
La Contraloría General delimita su propia incompetencia para resolver disputas cooperativas, pero exige al Departamento de Cooperativas responder a un socio y fiscaliza su demora, basándose en DFL 5/2003 y Ley 19.880.
Resumen
- La Contraloría General de la República se declara incompetente para resolver directamente controversias entre socios y cooperativas sobre distribución de productos de ventas, derivándolas a la justicia ordinaria o arbitraje según el artículo 114 del DFL N° 5, de 2003.
- La Contraloría General es competente para fiscalizar la demora del Departamento de Cooperativas en responder a las solicitudes presentadas por los socios, aun cuando no resuelva el fondo de la controversia.
- El artículo 114 del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 5, de 2003, establece que las controversias sobre cumplimiento de estatutos sociales entre socios y la cooperativa se resolverán por la justicia ordinaria o arbitraje.
- El Departamento de Cooperativas tiene la facultad legal de interpretar administrativamente la...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora