Contraloría - Dictamen N° 75146 2015
Contraloría: Inicio y Reintegro Beneficio Alimentación Ley 20.799 y su Reglamento
Abstracto
La Contraloría determina que el beneficio de alimentación de la Ley N° 20.799 es conferible solo desde la publicación de su reglamento (Decreto N° 58/2015) y que el reintegro de gastos previos es facultativo, desestimando la petición.
Resumen
- El artículo 36 de la Ley N° 20.799 faculta a los establecimientos de salud dependientes de los servicios de salud para proporcionar y financiar alimentación a sus funcionarios de planta y a contrata.
- La Ley N° 20.799 contempla excepciones para funcionarios en dependencias administrativas, cuya determinación queda sujeta a lo que establezca el reglamento.
- La Ley N° 20.799 establece que un reglamento, dictado por el Ministerio de Salud y suscrito por el Ministro de Hacienda, será el encargado de determinar las raciones alimenticias, la forma de informar los gastos y otras normas necesarias para la aplicación del beneficio.
- La determinación de las condiciones y requisitos específicos para la concesión del beneficio de alimentación, según lo establecido en la Ley N° 20.799, fue delegad...
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