Contraloría - Dictamen N° 75538 2015
Determinación sobre procedencia cobro patente municipal por cajeros automáticos bancarios
Abstracto
La Contraloría General determina que no procede que los municipios cobren patente comercial por cajeros automáticos bancarios, al no considerarse sucursales ni establecimientos que requieran autorización municipal y personal permanente.
Resumen
- Municipalidad de Lo Barnechea consultó sobre la procedencia de cobrar patente comercial a instituciones bancarias y financieras por sus cajeros automáticos o dispensadoras de dinero.
- El artículo 24 del DL N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, establece que la patente municipal grava la actividad ejercida por un contribuyente en su local, oficina, establecimiento, kiosco o lugar determinado.
- El artículo 25 del mismo cuerpo legal dispone que el monto total de la patente que grava a un contribuyente con sucursales u otras unidades de gestión se pagará proporcionalmente por cada unidad.
- El reglamento para la aplicación de los artículos 23 y siguientes del DL N° 3.063/79, aprobado por D.S. N° 484/80, en su artículo 9°, especifica que la proporcionalidad del pago de patente se det...
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