Contraloría - Dictamen N° 76047 2015
Dictamen Contraloría: Pago de dietas y certificación de asistencia concejales
Abstracto
Este dictamen de la Contraloría General aclara que el pago de dietas a concejales se realiza una vez transcurrido el mes respectivo, y la asistencia a sesiones y comisiones debe ser certificada por el secretario municipal.
Resumen
- El derecho de los concejales a percibir estipendio o dieta se rige por el artículo 88 de la ley N° 18.695.
- Las modificaciones introducidas por la ley N° 20.742 a la ley N° 18.695 afectaron principalmente la cuantía de la dieta y la asignación adicional, pero no el mecanismo de cálculo general ni la jurisprudencia sobre el derecho a percibirlas.
- Para determinar el monto de la dieta a pagar a cada concejal, se debe sumar el número mínimo de sesiones ordinarias exigido por ley (tres) a la cantidad de sesiones extraordinarias celebradas, considerando luego la asistencia de las autoridades a cada una de ellas, conforme a criterio aplicado en dictamen N° 22.348, de 2015.
- El pago del emolumento (dieta) a los concejales solo puede realizarse una vez transcurrido el mes respectivo, momento ...
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