Contraloría - Dictamen N° 78109 2015

Dictamen sobre recuperación de jornada por permisos y deberes del funcionario

Abstracto

Este dictamen analiza la recuperación de jornada laboral por permisos especiales bajo el artículo 109 de la Ley N° 18.834, estableciendo que el jefe de servicio debe determinar la compensación y que el funcionario debe priorizar sus labores habituales.

Resumen

  • La consulta se centra en si un funcionario debe desarrollar sólo trabajo administrativo o también atender audiencias de conciliación (labores habituales) durante el tiempo de recuperación de permisos especiales concedidos bajo el inciso segundo del artículo 109 de la Ley N° 18.834.
  • El inciso segundo del artículo 109 de la Ley N° 18.834 permite a los funcionarios solicitar descanso remunerado en días hábiles entre feriados o entre feriado y fin de semana, siempre que se recupere dicha jornada mediante horas de trabajo adicionales.
  • El propósito de la prerrogativa del artículo 109 de la Ley N° 18.834 es permitir descansos más prolongados para los funcionarios, evitando la baja de actividad en los servicios públicos durante dichos periodos.
  • Corresponde al jefe de servicio determinar el...

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