Contraloría - Dictamen N° 80122 2015

Dictamen Contraloría: Horas extraordinarias, suspensiones universitarias y permisos

Abstracto

La Contraloría determina que no procede pago de horas extraordinarias durante suspensión de actividades universitarias; ordena revisar posible sobrepago y evaluar pago de otras horas, y confirma legalidad de descuento por permiso administrativo.

Resumen

  • No procede considerar como trabajos extraordinarios las labores efectuadas por un funcionario durante un periodo en que las actividades académicas y administrativas de su institución han sido suspendidas por orden de la superioridad, según la interpretación del artículo 66 de la Ley N° 18.834.
  • La retribución del sobretiempo (horas extraordinarias) es procedente únicamente si ha sido expresamente instruido por la superioridad pertinente y las tareas son impostergables, o si no es posible el descanso complementario, se retribuirán con recargo.
  • Se instruye a la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM) revisar el pago de horas extraordinarias de la interesada, dado que se determinó un enteramiento de sumas superiores a las que tenía derecho, debiendo requerir la devolución del exceso...

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