Contraloría - Dictamen N° 80127 2015

Dictamen: Expectativa de ascenso solo favorece a funcionarios en servicio

Abstracto

Este dictamen concluye que la promoción de un funcionario de Carabineros es una expectativa que solo se materializa si se dicta el acto administrativo durante la vigencia del servicio, y no puede reclamarse póstumamente al cese.

Resumen

  • La posibilidad de alcanzar el nivel jerárquico superior por vía de promoción constituye una mera expectativa, la cual solo se concreta en el momento en que la autoridad competente dicta el pertinente acto administrativo.
  • La aspiración de ascenso por parte de un servidor público se considera una expectativa, no un derecho adquirido, si el acto administrativo que la concede no ha sido formalizado mientras el individuo mantiene la calidad de funcionario público en servicio activo.
  • La promoción, como mecanismo de provisión de empleos públicos, beneficia exclusivamente a quienes ostentan la calidad de funcionarios públicos en la época en que aquella se ordena.
  • Un exfuncionario de Carabineros de Chile que cesó sus funciones el 29 de julio de 2001, sin que la promoción pretendida hubiera ...

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