Contraloría - Dictamen N° 81969 2015
Dictamen Contraloría: Accidente de servicio y abono de tiempo para retiro
Abstracto
La Contraloría invalida resolución que negó abono de tiempo por accidente de servicio, al no haber intervenido la Comisión Médica Central competente, ordenando retrotraer el procedimiento para que esta evalúe la lesión del funcionario.
Resumen
- El artículo 87, inciso primero, del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile (DFL N° 2, de 1968) otorga derecho a hasta cinco años de abono de tiempo para el retiro a los funcionarios que sufran lesiones de importancia en actos del servicio, que no los imposibiliten para continuar en la institución.
- El inciso segundo del artículo 87 del DFL N° 2, de 1968, establece que las lesiones o contusiones relevantes para el abono de tiempo se determinarán por sumario administrativo.
- El artículo 2° del Reglamento de las Comisiones Médicas de Carabineros de Chile (Decreto N° 4, de 1988) confiere exclusivamente a la Comisión Médica Central la función de examinar al personal para clasificar las heridas o contusiones de importancia recibidas en actos del servicio que no lo imposibiliten para c...
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