Contraloría - Dictamen N° 82010 2015
Derecho a tercer sueldo superior para personal civil de Carabineros
Abstracto
La Contraloría establece que el personal civil de Carabineros sin empleos superiores tiene derecho al tercer sueldo superior si cumple años de servicio y permanencia en el grado, aplicándose la prescripción civil.
Resumen
- El personal civil de Carabineros de Chile que integra un escalafón en el cual no se contemplen empleos superiores tiene derecho al tercer sueldo superior.
- El derecho al beneficio de sueldos superiores está regulado por el artículo 44, N° 1, del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile (decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968).
- Los requisitos para acceder a los sueldos superiores son: contar con más de quince años de servicios válidos para el retiro, haber permanecido diez o más años en un grado determinado, y haber cumplido los requisitos para el ascenso.
- El beneficio de sueldos superiores tiene como finalidad compensar pecuniariamente a quienes, por circunstancias ajenas a su voluntad o a los requerimientos legales de desarrollo de carrera, no disfrutan de la remuneración que...
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