Contraloría - Dictamen N° 82478 2015
Dictamen sobre clasificación de uso de suelo para plantas de revisión técnica
Abstracto
La Contraloría General determina que las plantas de revisión técnica corresponden al uso de suelo "Actividades Productivas", según la OGUC, al implicar la revisión del funcionamiento mecánico de vehículos y no encajar en "Centros de servicio automotor".
Resumen
- Se resuelve un reclamo de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Puente Alto respecto al uso de suelo para plantas de revisión técnica, originado por un oficio de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Metropolitana.
- Se aplicó la Ley General de Urbanismo y Construcciones (dfl 458/75) y su Ordenanza General (OGUC, decreto N° 47/92), así como el decreto N° 156/1990 que reglamenta las plantas de revisión técnica.
- Según el artículo 116, inciso cuarto, de la Ley General, las normas urbanísticas incluyen los usos de suelo definidos en la Ordenanza General.
- El artículo 1.1.2. de la OGUC define "uso de suelo" como el "conjunto genérico de actividades que el Instrumento de Planificación Territorial admite o restringe en un área predial, para autorizar los destinos de las construc...
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