Contraloría - Dictamen N° 85170 2015
Dictamen Contraloría: Rechazo reconsideración sobre registro de comunidades de aguas.
Abstracto
La Contraloría General rechaza la solicitud de reconsideración del dictamen N° 42.831/2015, confirmando que no corresponde a la Dirección General de Aguas exigir información adicional para registrar comunidades de aguas organizadas judicialmente, pues el artículo 198 del Código de Aguas aplica a las organizadas por escritura pública.
Resumen
- El dictamen N° 42.831/2015, de la Contraloría General, concluyó que el artículo 198 del Código de Aguas se aplica únicamente a comunidades de aguas organizadas por escritura pública y no a aquellas cuya existencia ha sido declarada por resolución judicial.
- La Dirección General de Aguas (DGA) solicitó la reconsideración de dicho dictamen, argumentando que el artículo 198 del Código de Aguas no distingue la forma de constitución (judicial o extrajudicial) de las comunidades y que los requisitos de registro son los mismos.
- El artículo 186 del Código de Aguas permite que dos o más personas con derechos de aprovechamiento en aguas de un mismo canal reglamenten la comunidad existente o se constituyan en asociación de canalistas o sociedad.
- Conforme al artículo 187 del Código de Aguas, la...
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