Contraloría - Dictamen N° 86769 2015
Dictamen Contraloría: Contratación de Inspectores Técnicos de Obra por Municipalidades
Abstracto
La Contraloría clarifica que municipalidades pueden contratar Inspectores Técnicos de Obra bajo Ley 19.886 si no son funcionarios ni tienen vínculos previos, aplicándose Ley 18.695 para atender necesidades comunitarias.
Resumen
- La Municipalidad de Osorno consultó sobre la procedencia y forma de contratar inspectores técnicos de obra (ITO) para un proyecto de edificación de uso público.
- La consulta se enmarca en la Ley N° 20.703, que dicta normas sobre Inspectores Técnicos de Obra (ITO), y en el artículo 143 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).
- El artículo 5°, N° 4°, de la Ley N° 20.703 prohíbe a los ITO actuar en obras relacionadas con organismos de la Administración del Estado y municipalidades de las que sean funcionarios o tengan relación contractual.
- Según el Dictamen N° 1.173/2015, las inspecciones técnicas o fiscales de obras públicas son una función de la Administración para verificar el cumplimiento de contratos, distinta de la figura del ITO bajo LGUC.
- El Dictamen N° 46.431/2...
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