Contraloría - Dictamen N° 86777 2015
Interpretación fuero gremial para directores y delegados ley 19.296
Abstracto
La Contraloría General aclara que el fuero gremial del artículo 25 de la ley 19.296 beneficia exclusivamente a los directores de asociaciones de funcionarios, no a los delegados elegidos en unidades académicas.
Resumen
- El fuero gremial, establecido en el artículo 25 de la ley N° 19.296, otorga a los dirigentes sindicales inamovilidad en sus cargos.
- La protección del fuero gremial se extiende desde la fecha de elección del dirigente y hasta seis meses después de haber cesado su mandato.
- Los dirigentes protegidos por el fuero gremial no serán objeto de calificación anual, salvo que ellos mismos la soliciten expresamente.
- La ley N° 19.296, en su artículo 25, establece que el fuero gremial concierne únicamente a los directores de las asociaciones de funcionarios.
- La interpretación legal determina que el beneficio del fuero gremial se aplica exclusivamente a aquellas personas que ejercen labores directivas o resolutivas dentro de la agrupación.
- Los delegados elegidos por los miembros de una asocia...
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