Contraloría - Dictamen N° 90238 2015

Contraloría: Criterio sobre reapertura de sumario tras sobreseimiento penal

Abstracto

La Contraloría General determina que no existe obligación de reabrir un sumario administrativo con destitución si esta no fue exclusiva consecuencia de delitos sobreseídos penalmente, sino de faltas administrativas.

Resumen

  • La Contraloría General analiza la procedencia de reabrir un sumario administrativo tras un sobreseimiento penal, basándose en el artículo 120 de la Ley N° 18.834.
  • El artículo 120, inciso primero, de la Ley N° 18.834, establece la obligación de reincorporar a un servidor destituido si la sanción fue consecuencia exclusiva de hechos declarados delitos en sede penal, y posteriormente absuelto o sobreseído.
  • El artículo 120, inciso segundo, de la Ley N° 18.834, permite al servidor solicitar la reapertura del sumario en otros casos de sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria en sede penal, procediendo la reincorporación si se le absuelve en el sumario reabierto.
  • Según la jurisprudencia administrativa de la Contraloría (ej. dictamen N° 74.674/2014), la reapertura del sumario conf...

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