Contraloría - Dictamen N° 90262 2015
Dictamen sobre pago mensual de convenios a honorarios a suma alzada.
Abstracto
La Contraloría General determina que el pago mensual de convenios a honorarios a suma alzada, fijado en cuotas iguales, no se altera por la cantidad de días del mes, salvo pacto expreso en contrario.
Resumen
- Las personas que ejecutan tareas para la Administración mediante convenios a honorarios no ostentan la calidad de funcionarios públicos.
- La relación jurídica de quienes suscriben convenios a honorarios con la Administración se rige primordialmente por lo pactado en la propia convención.
- El Decreto N° 98, de 1991, del Ministerio de Hacienda, permite que los convenios a honorarios se estipulen, entre otras modalidades, a suma alzada.
- La Dirección de Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central consultó si el monto de las parcialidades de convenios a honorarios a suma alzada, pagaderos en cuotas iguales y mensuales, se ve alterado por la cantidad de días del mes.
- Se determina que, en convenios a honorarios con un monto fijo acordado, dividido en cuotas iguales y men...
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