Contraloría - Dictamen N° 90892 2015
Contraloría: Plazo legal para invalidar actos y reapertura de sumarios
Abstracto
La Contraloría General ratifica que el plazo de dos años para invalidar actos administrativos, conforme a la Ley 19.880, ha expirado, y la facultad de reabrir sumarios disciplinarios reside en la autoridad sancionadora.
Resumen
- La administración cuenta con un plazo de dos años para invalidar un acto contrario a derecho.
- El plazo de dos años para la invalidación de actos administrativos está establecido en el artículo 53, inciso primero, de la Ley N° 19.880.
- La invalidación de una notificación de sumario administrativo, materializada el 31 de mayo de 2011, no es posible si ha transcurrido el plazo legal de dos años.
- La Contraloría General, en dictamen N° 51.888 de 2015, ya se había pronunciado sobre la imposibilidad de dejar sin efecto un acto administrativo por vencimiento del plazo de dos años conferido por el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
- El señor Andrés Carlos Nicovani Figueroa, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitó la invalidación de la notificación de un dictamen de sumario administrat...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora