Contraloría - Dictamen N° 91618 2015
Dictamen sobre cotización previsional de funcionaria y empresa privada
Abstracto
Se ratifica la improcedencia de que funcionaria de CAPREDENA sea imponente de dicho régimen, al haber sido contratada por una empresa privada tras la entrada en vigencia de la Ley N° 18.458, quedando sujeta al sistema de pensiones del DL N° 3.500.
Resumen
- La Contraloría General determinó previamente en el dictamen N° 15.581, de 2012, que la recurrente no podía cotizar en el sistema previsional de las fuerzas armadas.
- Esta determinación se basó en que la contratación de la interesada fue posterior al 1 de junio de 1985, con la Compañía General de Telecomunicaciones Limitada, una empresa privada.
- La sujeción a la normativa del Código del Trabajo y a la legislación previsional del sector privado se deriva de la dependencia de una empresa privada y no de un organismo de defensa nacional.
- La normativa que permitía a los funcionarios de CAPREDENA ser imponentes de dicho régimen perdió eficacia con la entrada en vigencia de la Ley N° 18.458, el 11 de noviembre de 1985.
- A partir del 11 de noviembre de 1985, los funcionarios quedaron afect...
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