Contraloría - Dictamen N° 91801 2015
Competencia de Superintendencia de Pensiones en desafiliación y bono de reconocimiento
Abstracto
La Contraloría General determina que la Superintendencia de Pensiones es el organismo competente para resolver sobre la desafiliación al sistema del decreto ley N° 3.500 y el cálculo del bono de reconocimiento, no interviniendo en dichas materias.
Resumen
- Una ciudadana reclamó ante la Contraloría General contra la Superintendencia de Pensiones por materias relativas a su desafiliación del sistema del decreto ley N° 3.500 de 1980 y el cálculo de su bono de reconocimiento.
- La Superintendencia de Pensiones es el organismo competente para conocer y resolver las peticiones de desafiliación al sistema del decreto ley N° 3.500.
- La competencia de la Superintendencia de Pensiones para conocer de la desafiliación está establecida en los artículos 47 y 48 de la ley N° 20.255.
- La Contraloría General no interviene en la emisión de los bonos de reconocimiento.
- La Superintendencia de Pensiones es la entidad encargada de impartir las instrucciones pertinentes a las cajas de previsión sobre la forma de efectuar el cálculo del bono de reconocimient...
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