Contraloría - Dictamen N° 94517 2015

Procedencia de rebaja de patente municipal por inversiones en otra empresa

Abstracto

La Contraloría determina que las municipalidades deben aceptar certificados de inversiones para rebajar la patente municipal, independientemente de si la empresa receptora utiliza contabilidad completa o simplificada, siempre que esté afecta al pago de dicha patente.

Resumen

  • La patente municipal se calcula sobre el capital propio del contribuyente, con una tasa entre 2,5 por mil y 5 por mil, según lo dispuesto en el artículo 24, inciso segundo, del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.
  • El capital propio para el cálculo de la patente municipal se define como el inicial declarado por el contribuyente o el registrado en el balance terminado el 31 de diciembre anterior, considerando los reajustes y variaciones pertinentes, conforme al artículo 24, inciso tercero, del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979.
  • Los contribuyentes que no están obligados legalmente a demostrar sus rentas mediante un balance general, pagarán una patente mensual equivalente a una unidad tributaria mensual (UTM), según el artículo 24, inciso quinto, del Decreto Ley Nº 3.063,...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora