Contraloría - Dictamen N° 94538 2015

Dictamen Contraloría: Fiscalización seguridad edificios y aplicación OGUC

Abstracto

La Contraloría instruye a la DOM de Ñuñoa que la fiscalización sobre barandas no escalables según OGUC 4.5.5 aplica solo a salas cunas, no a otros recintos de un edificio residencial.

Resumen

  • Maximiliano Huerta Carmona solicitó a la Contraloría General instruir a la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Ñuñoa para que fiscalice un edificio específico.
  • La solicitud se fundamenta en la supuesta infracción de normas de seguridad relativas a barandas en el área de piscina de un edificio residencial de 24 pisos.
  • Las normativas invocadas incluyen los artículos 4.3.29 y 5.2.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), aprobada por decreto N° 47 de 1992.
  • El artículo 4.2.7 de la OGUC establece que las aberturas de pisos, balcones, terrazas, entre otros, ubicadas a más de 1m del suelo adyacente, deben contar con barandas o antepechos sólidos para prevenir caídas.
  • El artículo 4.3.29 de la OGUC faculta a la Dirección de Obras Municipales para inspeccionar per...

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