Contraloría - Dictamen N° 100962 2015
Dictamen sobre publicidad municipal y uso de imagen del alcalde
Abstracto
La Contraloría determina que la publicidad municipal debe enfocarse en la institución y sus funciones, no en la imagen personal del alcalde, debiendo ajustarse a la normativa vigente.
Resumen
- Los recursos públicos deben destinarse exclusivamente al logro de los objetivos de los organismos públicos, especialmente en materia de publicidad y difusión, incurriendo solo en gastos necesarios para el cumplimiento de sus funciones o para informar a los usuarios sobre las prestaciones que otorgan, según lo dispuesto en el decreto ley N° 1.263 de 1975 y la ley N° 19.896.
- La difusión y publicidad municipal deben tener como objeto dar a conocer a la comunidad local los hechos o acciones directamente relacionados con el cumplimiento de los fines y el quehacer propio de las entidades edilicias, como actividades culturales, artísticas, deportivas, que resulten necesarios e imprescindibles de difundir o publicitar.
- No corresponde que la divulgación o difusión contenga imágenes o frases a...
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