Contraloría - Dictamen N° 101194 2015
Competencia de la Dirección del Trabajo en disolución de asociaciones de funcionarios.
Abstracto
La Contraloría clarifica que la Dirección del Trabajo puede solicitar judicialmente la disolución de asociaciones de funcionarios que pierdan el mínimo de socios, exigiendo una solicitud expresa que identifique la entidad y la causal legal aplicable.
Resumen
- La Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios solicitó a la Contraloría General determinar el rol de la Inspección Provincial del Trabajo en la fiscalización y disolución de asociaciones de funcionarios públicos.
- Se planteó la problemática de asociaciones que se constituyen con el quórum mínimo legal, pero posteriormente no lo mantienen.
- Las asociaciones de funcionarios cuentan con autonomía y su libertad sindical está protegida por convenios de la OIT y el artículo 19 N° 19 de la Constitución Política de la República.
- La Dirección del Trabajo debe abstenerse de fiscalizar el funcionamiento de una asociación una vez transcurrido el plazo para observaciones a sus estatutos, ya que el control corresponde a sus propios asociados, conforme al artículo 10 de la Ley N° 19.296.
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