Contraloría - Dictamen N° 102512 2015
Plazo de dos años para invalidar actos administrativos: Análisis y límites.
Abstracto
La Contraloría General aplica el plazo de dos años para invalidar actos administrativos, concluyendo que la solicitud para modificar una sanción firme de arresto, firmada en 2013, ha expirado.
Resumen
- La autoridad puede invalidar actos administrativos contrarios a derecho, de oficio o a petición de parte, conforme al artículo 53, inciso primero, de la Ley N° 19.880.
- La invalidación de actos administrativos debe realizarse dentro del plazo de dos años, contado desde su notificación o publicación.
- La sanción de ocho días de arresto con servicios impuesta a Eduardo Antonio Hernández Muñoz, funcionario de Carabineros, quedó firme el 20 de junio de 2013.
- Debido al transcurso del plazo de dos años desde que la sanción quedó firme (20 de junio de 2013), la jefatura pertinente de Carabineros no puede disponer su invalidación.
- La Contraloría Fiscalizadora no puede intervenir ni informar sobre asuntos de carácter litigioso, según lo dispuesto en el artículo 6º, inciso tercero, de la Ley...
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