Contraloría - Dictamen N° 102530 2015
Dictamen: Plazo de dos años para invalidar actos administrativos contrarios a derecho
Abstracto
La Contraloría aplica la Ley 19.880 para establecer que la Administración tiene un plazo de dos años, contado desde la notificación o publicación, para invalidar actos contrarios a derecho.
Resumen
- La Administración posee un plazo de dos años para invalidar un acto contrario a derecho.
- El artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, establece que se podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho.
- El plazo de dos años para invalidar un acto administrativo se cuenta desde su notificación o publicación.
- Se analizó la solicitud de un exfuncionario de Carabineros de Chile reclamando vicios en un sumario administrativo que confirmó su baja por conducta mala.
- La baja del exfuncionario fue confirmada por la resolución N° 2, de 2012, de la Jefatura de Zona Tarapacá, comunicada el 27 de febrero de 2012.
- La solicitud de invalidación de dicho acto fue presentada con fecha 22 de septiembre de 2015.
- Considerando la fecha de notificación del acto...
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