Contraloría - Dictamen N° 98426 2015

Derecho a permiso postnatal parental ante fallecimiento del hijo

Abstracto

La Superintendencia de Seguridad Social establece que el permiso postnatal parental requiere que el hijo nazca vivo, no procediendo si este fallece antes del inicio del descanso, conforme a la normativa laboral y circularizaciones.

Resumen

  • El permiso postnatal parental tiene por finalidad principal el cuidado del recién nacido y el fomento del vínculo afectivo entre los padres y el menor, buscando facilitar la conciliación entre familia y trabajo.
  • La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) interpreta que es requisito esencial para el goce del permiso postnatal parental que el hijo se encuentre vivo al momento de iniciarse dicho descanso.
  • Esta interpretación se funda en el objetivo del permiso, cual es la ayuda al cuidado del menor y el apego a sus padres, y ha sido sostenida tanto por la SUSESO como por la Dirección del Trabajo.
  • El artículo 197 bis del Código del Trabajo, introducido por la ley N° 20.545, concede a las trabajadoras un permiso postnatal parental de doce semanas a continuación del período postnat...

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