Contraloría - Dictamen N° 99643 2015
Dictamen Contraloría: Cesantía, Finiquito y Seguros para Personal de Fuerzas Armadas
Abstracto
La Contraloría General aclara que el seguro de cesantía y finiquito no aplica a personal a contrata de FF.AA. bajo DFL N°1/97. El seguro de vida es obligatorio y las cotizaciones previsionales son competencia de la Superintendencia de Pensiones.
Resumen
- El seguro de cesantía y el finiquito no son aplicables a los funcionarios a contrata de las Fuerzas Armadas, pues su regulación se rige por el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, el cual no contempla dichos beneficios, a diferencia de quienes se rigen por el Código del Trabajo.
- Se rechaza la pretensión de un exfuncionario del Ejército respecto a que el seguro de vida sea voluntario, indicando que su contratación es obligatoria para los servidores de las Fuerzas Armadas conforme al artículo octavo de la ley N° 18.660, que sustituyó el decreto ley N° 1.092, de 1975, y se enmarca en el decreto ley N° 807, de 1925.
- La Contraloría General no se pronuncia sobre materias relacionadas con la Mutualidad del Ejército y Aviación, dado que esta entidad no...
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