Contraloría - Dictamen N° 10351 2016
Dictamen: Rol y responsabilidades del administrador provisional educacional
Abstracto
La Contraloría determina que el administrador provisional de un establecimiento educacional sustituye al sostenedor para todos los efectos legales, asumiendo la calidad de empleador y la responsabilidad por remuneraciones y trámites del personal.
Resumen
- La Superintendencia de Educación puede nombrar un administrador provisional para un establecimiento educacional subvencionado o con aportes del Estado, con el fin de asegurar su adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio educativo, mediante resolución fundada.
- Son causales para la designación de un administrador provisional, entre otras, la suspensión reiterada de los servicios básicos para el buen funcionamiento del local escolar, entendida como la no disponibilidad del servicio por tres días hábiles consecutivos o cinco días hábiles en un período de seis meses.
- Ante conflictos generados entre apoderados y el cuerpo docente, que resulten en la ocupación del inmueble, la Superintendencia de Educación puede designar un administrador provisional.
- Desde la fecha de designac...
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