Contraloría - Dictamen N° 11741 2016

Derecho a desahucio para herederos de exfuncionario municipal según ley 7.390.

Abstracto

Dictamen determina que herederos de exfuncionario municipal, afiliado al sistema previsional del DL N° 3.500, tienen derecho al desahucio de la ley N° 7.390, calculando el monto y plazo para su cobro.

Resumen

  • Los herederos de exfuncionarios municipales tienen derecho a percibir el desahucio establecido en la ley N° 7.390.
  • El desahucio se concede a los obreros que presten servicios en municipalidades y cesen en sus funciones, y en caso de fallecimiento, lo percibirán sus herederos.
  • La ley N° 7.390 regula el derecho a desahucio para los trabajadores municipales.
  • El monto del desahucio equivale a 30 días de sueldo por cada año de servicio o fracción de tiempo no inferior a seis meses.
  • Los beneficios de desahucio son de cargo de las entidades edilicias, las cuales deben prever las sumas necesarias en sus presupuestos.
  • El régimen de desahucio ha mantenido su vigencia, incluso para trabajadores que se incorporaron a sistemas previsionales posteriores.
  • Los servidores afectos al desahucio...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora