Contraloría - Dictamen N° 12132 2016

Dictamen: Plazo de inhabilidad para reingreso a la administración pública

Abstracto

La Contraloría General establece que el plazo de cinco años de inhabilidad para reingresar a la administración pública tras una destitución disciplinaria se computa desde la notificación de la sanción, la cual no había expirado.

Resumen

  • Un exfuncionario consultó sobre el cumplimiento del plazo de inhabilidad para reincorporarse a la Administración del Estado, tras haber sido objeto de una sanción de destitución.
  • El artículo 12, letra e), de la Ley N° 18.834 establece como condición de ingreso a la Administración Pública el no haber sido dado de baja por medida disciplinaria, salvo transcurridos más de cinco años desde la expiración de funciones.
  • La sanción de destitución fue aplicada al consultante mediante la resolución N° 538, de 2010, de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
  • La notificación personal de la medida disciplinaria de destitución se realizó el 21 de marzo de 2012.
  • El plazo de inhabilidad de cinco años, según la norma, debe computarse a partir de la fecha de notificación de la sanción disciplina...

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