Contraloría - Dictamen N° 12132 2016
Dictamen: Plazo de inhabilidad para reingreso a la administración pública
Abstracto
La Contraloría General establece que el plazo de cinco años de inhabilidad para reingresar a la administración pública tras una destitución disciplinaria se computa desde la notificación de la sanción, la cual no había expirado.
Resumen
- Un exfuncionario consultó sobre el cumplimiento del plazo de inhabilidad para reincorporarse a la Administración del Estado, tras haber sido objeto de una sanción de destitución.
- El artículo 12, letra e), de la Ley N° 18.834 establece como condición de ingreso a la Administración Pública el no haber sido dado de baja por medida disciplinaria, salvo transcurridos más de cinco años desde la expiración de funciones.
- La sanción de destitución fue aplicada al consultante mediante la resolución N° 538, de 2010, de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
- La notificación personal de la medida disciplinaria de destitución se realizó el 21 de marzo de 2012.
- El plazo de inhabilidad de cinco años, según la norma, debe computarse a partir de la fecha de notificación de la sanción disciplina...
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