Contraloría - Dictamen N° 12729 2016
Dictamen Contraloría: Obras extraordinarias en contrato a suma alzada SERVIU
Abstracto
Contraloría determina que SERVIU debe pagar obras extraordinarias reclamadas por constructora, derivadas de modificaciones técnicas y de diseño en contrato a suma alzada, no previstas originalmente.
Resumen
- Las obras extraordinarias se definen en el artículo 2° del Decreto N° 236/2002 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo como aquellas que se incorporan o agregan al proyecto, cuyas características son diferentes a las especificadas o a las contenidas en los antecedentes que sirven de base al contrato.
- La jurisprudencia administrativa de la Contraloría, como en el Dictamen N° 23.150/2014, establece que en contratos a suma alzada las cantidades de obra son inamovibles, asumiendo el contratista las diferencias, salvo aumentos, disminuciones u obras extraordinarias derivadas de un cambio de proyecto no previsible al presentar la oferta.
- Una constructora reclamó el pago de obras extraordinarias por trabajos adicionales en el proyecto de riego, incluyendo estanques acumuladores y sala de bom...
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