Contraloría - Dictamen N° 13636 2016
Procedencia jurídica de farmacias populares municipales para expendio de medicamentos
Abstracto
La Contraloría General determina que las municipalidades pueden vender medicamentos a través de farmacias de consultorios municipales bajo el concepto de 'otras prestaciones' de salud pública, siempre que no sea con fines comerciales y se ajuste a la normativa.
Resumen
- Las municipalidades ejercen facultades en materia de salud pública, administrando servicios de atención primaria, conforme a la Constitución Política, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y normativa sanitaria específica.
- La iniciativa de "Farmacia Popular" se enmarca en las 'otras prestaciones' que los establecimientos municipales de atención primaria de salud (APS) pueden otorgar, según el artículo 56 de la Ley N° 19.378.
- Estas 'otras prestaciones' habilitan legalmente a los establecimientos municipales de APS para el expendio de medicamentos, siempre que la actividad cumpla una finalidad de salud pública, como facilitar el acceso a dichos productos.
- La venta de medicamentos a través de las farmacias municipales debe realizarse con el propósito de salud pública y no ...
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