Contraloría - Dictamen N° 14947 2016

Dictamen sobre derecho a montepío de hija soltera de exfuncionario

Abstracto

La Contraloría determina que la hija soltera de un exfuncionario no tiene derecho a montepío si no cumplió los requisitos legales de edad o incapacidad al momento del fallecimiento del causante, según la normativa vigente.

Resumen

  • Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a montepío de la señora Patricia Flores Godoy, hija soltera de un exfuncionario de Carabineros fallecido.
  • El derecho al montepío se rige por el artículo 70 bis de la ley N° 18.961, modificado por el artículo 9° de la ley N° 20.735, vigente desde el 1 de junio de 2014.
  • La ley N° 18.961, en su artículo 70 bis (modificado), otorga derecho a montepío en segundo grado a las hijas solteras menores de 18 años.
  • También tienen derecho las hijas solteras mayores de 18 años y menores de 24, siempre que sean estudiantes de cursos regulares (básica, media, técnica o superior).
  • Las hijas solteras, independientemente de su edad, tienen derecho al montepío si acreditan ser inválidas o incapaces absolutas.
  • La Contraloría General ha establecido, en s...

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