Contraloría - Dictamen N° 15383 2016
Quórum para aprobación de modificaciones a planes reguladores comunales
Abstracto
Dictamen de Contraloría establece que la aprobación de modificaciones a planes reguladores comunales requiere el quórum del artículo 65 de la Ley N° 18.695, solo considerando concejales presentes.
Resumen
- Las municipalidades tienen la atribución de aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales, según lo establecido en el artículo 5°, letra k), de la Ley N° 18.695.
- La expresión "Aprobar el plan regulador comunal" contenida en el artículo 65, letra b), de la Ley N° 18.695, comprende inherentemente la aprobación de sus modificaciones.
- Las modificaciones a planes reguladores comunales deben cumplir con el quórum especial estipulado en el inciso final del artículo 65 de la Ley N° 18.695, al ser consideradas dentro de la facultad de aprobación del plan.
- En comunas que cuenten con ocho concejales, como la Municipalidad de La Reina, se requiere el voto favorable de cinco de ellos para aprobar modificaciones a planes reguladores comunales, conforme al artículo 65, inciso ...
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