Contraloría - Dictamen N° 15701 2016

Dictamen Contraloría: Deducción de cuotas sindicales a personal a honorarios

Abstracto

La Contraloría General determinó que no procede deducir cuotas sindicales de las remuneraciones de personal a honorarios si los contratos no contemplan expresamente dicha facultad, ya que se rigen por sus convenios y no por el Estatuto Administrativo.

Resumen

  • El Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores a Honorarios solicitó un pronunciamiento sobre la facultad de la Subsecretaría de Transportes para descontar cuotas sindicales de las remuneraciones de sus afiliados contratados a honorarios.
  • La Subsecretaría de Transportes informó que no podía realizar dichas deducciones al no estar contempladas en los convenios con los servidores.
  • El artículo 11 de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo permite a los órganos de la Administración contratar sobre la base de honorarios a profesionales y técnicos para labores accidentales y no habituales.
  • Las personas contratadas a honorarios se rigen exclusivamente por las reglas que establezca el respectivo contrato.
  • Las disposiciones del Estatuto Administrativo no son aplicables a las p...

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