Contraloría - Dictamen N° 8785 2016

Dictamen sobre fijación de áreas de riesgo en planes reguladores comunales

Abstracto

Este dictamen establece que las observaciones comunitarias sobre áreas de riesgo en planes reguladores deben integrarse al estudio fundado, y si se aprueban modificaciones, el proceso debe retrotraerse para garantizar su adecuada evaluación.

Resumen

  • El dictamen aborda el procedimiento a seguir cuando el concejo municipal aprueba observaciones de la comunidad que proponen fijar áreas de riesgo en planes reguladores (PRC) de forma distinta al estudio fundado.
  • La normativa aplicable incluye el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC, DFL N° 458/75) y los artículos 2.1.10, 2.1.11, 2.1.17 y 2.1.18 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC, D.S. N° 47/92).
  • Según el artículo 43 de la LGUC, el concejo municipal debe pronunciarse sobre observaciones y proposiciones en la modificación de planes, asegurando que no se introduzcan gravámenes o afectaciones desconocidas por la comunidad.
  • El concejo municipal no puede pronunciarse sobre materias o disposiciones no contenidas en el proyecto original...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora