Contraloría - Dictamen N° 33437 2016

Toma de razón de contrato de cirugías cardiacas y aplicación de garantía

Abstracto

La Contraloría General toma razón de contrato para cirugías cardiacas, aclarando que la boleta de garantía solo procede si el incumplimiento es imputable al proveedor, citando normativa y jurisprudencia previa.

Resumen

  • La Contraloría General de la República ha tomado razón de la resolución que aprueba el contrato para la prestación de servicios de cirugías cardiacas para pacientes congénitos entre el Instituto Nacional del Tórax y la Pontificia Universidad Católica de Chile, al ajustarse a derecho.
  • Se aclara la interpretación y aplicación de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, conforme a las cláusulas vigésimo cuarta y vigésimo sexta.
  • La exigencia de cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento se limita a los supuestos en que la terminación del convenio sea imputable directamente al proveedor de los servicios.
  • Por lo tanto, no corresponde hacer efectiva la boleta de garantía en los casos previstos en los números 3, 5 y 14 de la cláusula vigésimo sexta.
  • En contraste,...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora