Contraloría - Dictamen N° 33443 2016

Dictamen Contraloría: Autodenuncia y subsanación de infracciones educativas según Ley 20.529.

Abstracto

La Contraloría General determinó que la autodenuncia por uso de corrector en libros de clases no procede para la atenuante del Art. 79 de la Ley 20.529, pues la infracción no es susceptible de subsanación.

Resumen

  • La Superintendencia de Educación tiene como objeto fiscalizar que los sostenedores de establecimientos educacionales se ajusten a las leyes, reglamentos e instrucciones dictadas por dicho organismo.
  • La Circular N° 1 de 2014, en su apartado 14 sobre toma de registro de asistencias, prohíbe explícitamente el uso de corrector en los libros de clases.
  • La forma correcta de subsanar un error en el registro de asistencia es mediante el tarjado del error, la escritura de la cifra correcta y la firma del director o funcionario designado.
  • El artículo 57 de la Ley N° 20.529 establece que la Superintendencia recibirá denuncias y reclamos de la comunidad educativa u otros interesados sobre materias de su competencia.
  • El artículo 58, inciso primero, de la Ley N° 20.529 define la denuncia como ...

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