Contraloría - Dictamen N° 33628 2016

Contraloría General aclara competencia sobre fijación de horarios de atención

Abstracto

La Contraloría General de la República señala que la determinación del horario de atención de público de los órganos de la Administración del Estado recae en facultades de los jefes superiores de servicio, no siendo de su competencia.

Resumen

  • Una ciudadana reclamó ante la Contraloría General por la falta de uniformidad en los horarios de atención de público de los distintos organismos de la Administración del Estado, solicitando que esta Entidad Fiscalizadora imparta instrucciones al respecto, por considerar que dicha situación genera dificultades a los usuarios.
  • La Contraloría General de la República determina que no le compete fijar o determinar el horario de atención de público de los órganos de la Administración del Estado.
  • El inciso segundo del artículo 31 de la Ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, otorga a los jefes de servicio la facultad de dirigir, organizar y administrar el respectivo servicio, controlarlo y velar por el cumplimiento de sus objetivos.
  • Dichas facultades de direc...

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