Contraloría - Dictamen N° 34028 2016
Atribuciones municipales para la instalación de estatuas y su relación con funciones
Abstracto
La Contraloría clarifica que la instalación de una estatua en un municipio es procedente si se relaciona con sus funciones culturales y de interés comunitario, respetando el orden público y las buenas costumbres, y que la elección de la figura recae en la autoridad pública.
Resumen
- La Municipalidad de Macul solicitó clarificar el alcance del dictamen N° 24.109/2015 respecto a la instalación de una estatua en su edificio, que representa a Santa Teresa de Los Andes.
- La Constitución Política protege las manifestaciones de creencias religiosas que no contravengan la moral, las buenas costumbres y el orden público.
- La libertad religiosa y de culto es una prerrogativa inherente, permitiendo a personas y funcionarios rendir homenaje a figuras mediante instalaciones simbólicas.
- La colocación de símbolos en inmuebles estatales o municipales, especialmente en áreas de acceso público, debe vincularse directamente con las funciones legales de la entidad.
- Los municipios, como corporaciones autónomas de derecho público (Art. 118 Constitución y Art. 1 Ley 18.695), deben s...
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