Contraloría - Dictamen N° 37177 2016

Dictamen sobre plazo para invalidar actos y prohibición de reincorporación a Carabineros

Abstracto

La Contraloría establece que la administración no puede invalidar actos administrativos de Carabineros fuera del plazo de dos años desde su notificación, y que el retiro absoluto impide la reincorporación al servicio.

Resumen

  • La administración pública tiene un plazo de dos años, contado desde la notificación o publicación, para invalidar sus propios actos administrativos emitidos en contravención a la ley, según lo dispuesto en el artículo 53, inciso primero, de la Ley N° 19.880.
  • El plazo de dos años para invalidar actos administrativos es perentorio, por lo que vencido este término, no es posible ejercer dicha facultad, ya sea de oficio o a petición de parte.
  • En el presente caso, la resolución de un sumario administrativo, comunicada al interesado el 31 de agosto de 2011, no puede ser invalidada a solicitud de reincorporación presentada el 23 de febrero de 2016, dado que el plazo legal de dos años ya ha transcurrido.
  • La imposibilidad de invalidar el sumario administrativo se fundamenta en que, a la fec...

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